"¿Hasta cuándo esperamos declarar nuestra Independencia? ¿No le parece una cosa bien ridícula acuñar moneda, tener pabellón y cucarda nacional y por último hacer la guerra al gobierno de quien en el día se cree dependemos? ¿Qué nos falta, más que decirlo?... ¡Animo! Que para los hombres de coraje se han hecho las empresas".
(Carta de San Martín a Godoy Cruz de 12 de Mayo de 1816, instándolo a la rápida declaración de la Independencia)
La Junta de Observación, sucesora de las Juntas locales que se fueron constituyendo luego de Mayo de 1810, a lo largo y a lo ancho del que fuera el territorio de Virreinato del Río de la Plata, dictó el 5 de Mayo de 1816, a sólo quince días de instalada, el Estatuto Provisional para la dirección y administración del Estado. Dicho Estatuto imponía al Director la convocatoria al Congreso que tendría por objeto declarar la independencia a reunirse en la ciudad de Tucumán (art.30 del cap.l).
El 26 de Mayo el Congreso de Tucumán aprobaba el "plan o nota de materia" que debería tratar en sus sesiones. El día 8 de Julio se resolvió tratar la Independencia. En la sesión del 9, según el Redactor, "el primer asunto que por indicación general se propuso a deliberación fue el de la libertad e independencia del país... Los señores representantes ordenaron al secretario que presentase la proposición para el voto. Y al acabar de pronunciarla, puestos de pie los señores diputados en sala plena aclamaron la Independencia de Las Provincia Unidas de América del Sud de la dominación de los reyes de España y su metrópoli, resonando en la barra la voz de un aplauso universal con repetidas vivas y felicitaciones al Soberano Congreso".
En la Casa de Tucumán se celebró la independencia nacional
El acta correspondiente dice: "En la benemérita y muy digna, ciudad de San Miguel del Tucumán a nueve días del mes de julio de mil ochocientos diez y seis , terminada la sesión ordinaria del Congreso de las Provincia Unidas..."Nos, los representantes unidos de Sud América, reunidos en Congreso, invocando al Eterno...declaramos solemnemente a la faz de la tierra que es voluntad unánime e indubitable de estas Provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueran despojadas, e investirse del alto carácter de Nación libre e independiente del rey Fernando Vll, sus sucesores y metrópoli. Quedan en consecuencia de hecho y derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia e impone el cúmulo de sus actuales circunstancias...comuníquese a quienes corresponda para su publicación, y en obsequio del respeto que se debe a las naciones detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de ésta solemne declaración. Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros secretarios. Francisco Narciso de Laprida, diputado por San Juan, presidente. Mariano Boedo, vicepresidente, diputado por Salta..."
La declaración "libres de los reyes de España sus sucesores y metrópoli" - texto no inocente- podía permitir anexarse como colonia a Inglaterra como lo quiso Alvear en 1815, o a Portugal como habría de proyectarse en breve. Medrano pidió sesión secreta el 19 de julio y exigió que en la fórmula del juramento a tomarse al ejército se agregase "...y de toda otra dominación extranjera", variándose de paso el acta pues de este modo se sofocaría el rumor esparcido por ciertos personajes malignos de que el director del Estado el general Belgrano y aun algunos diputados del Soberano Congreso alimentaban ideas de entregar el país a los portugueses. La propuesta fue votada por los mismos diputados que acababan de aclamar la independencia.
Declaración de la Independencia en julio de 1816
Las intrigas de nuestra historia merecen ser analizadas en su real dimensión y en el ámbito adecuado, sin pretender hacer política con el pasado, sino para comprender las vicisitudes y enormes dificultades que debimos sortear para ser una Nación.
Jorge Correa
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